- La ley orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero número 193 y el Plan Estatal de desarrollo 1999-2005, contemplan promover la particiapación ciudadana en los programas inherentes al ámbito de Procuración de Justicia y, reafirman el compromiso de avanzar con firmeza, para enfrentar el complejo problema de la criminalidad.
- En el articulo 70, fracción VII de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero Número 193, 67 y 68 del Reglamento de dicha Ley, establecen, respectivamente, la creación del Consejo Ciudadano de Procuración de Justicia y de sus Comités Regionales, así como la elaboración e integración de su propio Reglamento, en el que se establezca su estructura, atribuciones y funcionamiento.
- Que con el proposito de promover la particiapación ciudadana en los programas de la Procuraduría General de Justicia, el Ministerio Público deberá orientar a la comunidad sobre las acciones de prevención del delito, las atribuciones, funciones y servicios que proporciona la Institución Ministerial y recabar la opinión de la comunidad en torno a la Procuraciíon de Justicia.
- Que la procuraduría General de Justicia, es parte integrante del Consejo Estatal de Seguridad Pública, de conformidad con la Ley de Seguridad Pública del Estado de Guerrero Número 443, en el que se establecen mecanismos y procedimientos para la participación de la sociedad en las funciones de seguridad pública y procuración de justicia.
- Que es enecesario, de acuerdo a las consideraciones anteriores, crear el Consejo Ciudadano de Procuración de Justicia y sus Comités Regionales, con el objeto de contar con órganos colegiados de particiapación ciudadana, que coadyuven en el desarrollo de las tareas de procuración de justicia.
jueves, 8 de mayo de 2008
Sobre el Consejo Ciudadano de Procuración de Justicia
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